martes, 30 de noviembre de 2010

Proceso Histórico del Ordenamiento Territorial en Guatemala

Por:
Arq. Elizabeth Maldonado Del Cid
Renato Lechuga García
Gestor y Planificador Municipal
Lograr conocer en Guatemala parte del proceso histórico de la Planificación y Ordenamiento de su Territorio, implica ver más allá del porque de un desorden urbano de sus ciudades y municipios, esto es para los planificadores es muy difícil integrar lo urbano y lo rural, de alguna manera aunque limitado ha avanzado en los ordenamientos urbanos, sin embargo la integración económica de esos dos escenarios ha fomentado el uso y manejo sustentable de los recursos naturales versus el tejido social, cultural, económico y ambiental no se ha concretizado con un modelo funcional a largo plazo.
Si esbozamos panorámicamente con un ligero vistazo histórico, de qué forma, se ha intentado realizar estudios de ordenamiento territorial en forma holística (holístico va más allá que integrar porque implica interaccionar factores horizontales y verticales al interno y externo de un espacio definido) o integral, podemos resumirlo brevemente de la siguiente manera:
1.-     De 1979 a 1983.  El Ingeniero Agrónomo Marco Antonio Curley García Jefe de la Unidad de Protección de las Cuencas de los Ríos Internacionales de la Dirección de Riego y Avenamiento (DIRYA) del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación MAGA, donde los consultores: Ing. Agr. Julio Sandoval máster en Recursos Naturales e Ingeniero Agrónomo con especialidad en Levantamientos Rurales Integrales Gilberto Danilo Alvarado Cabrera juntamente con otros profesionales extranjeros de la Comisión Internacional de límites y Agua “CILA” de Guatemala y México, realizaron estudios de Ordenamiento Territorial denominado en ese momento “Estudio Integral a Semidetalle de la Cuenca del Rio Schiate”, “Estudio Integral a Semidetalle de la Cuenca del Rio Usumacinta” estudios según cada cuenca a escala 1:50,000, aplicando la metodología de los sistemas ambientales de unidades de paisaje fisiográficas del cauce del río principal de agua en la unidad fisiográfica de la Cuenca Hidrográfica para el desarrollo económico.  Un apoyo fue la sobreposición de Mapas de Información Geográfica manuales, de imágenes Landsat y radar, así también para establecer las unidades fisiográficas se fotointerpretó las fotografías aéreas y las interpretadas en la imágenes de satélite que se trasladaron al mapa básico con instrumento fotogramétrico Zonn Transfer, para las cuencas hidrográficas limítrofes de los dos países.
Con este estudio, el propósito fue establecer las relaciones interactuantes en la productividad o limitaciones de los Recursos Naturales para su  aprovechamiento y protección en relación a las necesidades socioculturales.  Siendo analizado en los aspectos sociales, culturales, económicos, biofísicos y ambientales delimitados por una cuenca hidrográfica como unidad fisiográfica paisajista que corresponde al área de acopio de un sistema de agua definidos por el relieve del área y a la vez pudieran delimitarse por el área política administrativa municipal y/o departamental.
Los mencionados estudios requirieron un trabajo arduo, que conllevo otros estudios base a nivel nacional, apoyados económicamente por FAO/UNESCO y el Sistema de Clasificación Taxonómica (SoilTaxonomy), los resultados fueron exitosos al realizar y rescatar y revisar mapas de zonas de vida de Hodridge, Series de Suelos del estudio de Suelos del Dr. Charles Simmons y correlacionarlo al esquema de clasificación taxonómica, clasificación agrológica a escala 1:250,000, leyendas fisiográfica-geomorfológico, ocho clases agrológicas de los mapas de Suelos en Guatemala a escala 1:50,000, clasificar total y distribución por zona fisiográfica, superficie total según municipio por zona fisiográfica, leyenda fisiográfica-edafológica, leyenda fisiográfica-geomorfológico, cobertura vegetal y uso actual de la tierra, leyenda de uso actual de la tierra según la unión geográfica Internacional (UGI), cuantificación del uso actual de la tierra, tipo de cobertura vegetal, unidades de suelos representativos clasificados en el Sistema de la Taxonomía Americana a nivel de sub-grupo, correlación de suelos en el sistema de la taxonomía Americana a nivel de gran grupo en el esquema de clasificación de suelos FAO/UNESCO y la clasificación Francesa, cuantificación de clases agrológicas, uso potencial del suelo, áreas susceptibles de mini-riego, riego y drenaje.
Fue a partir del Gobierno de Lucas que se incumplió con los compromisos y por el cambio de gobierno le dieron fin al proyecto de estudios de las cuencas limítrofes entre de Guatemala y México.
Sin embargo la Organización “CILA” siguió y esto dio lugar a que se desarrollaran estudios de cuencas con enfoque de ordenamiento territorial por parte del INDE.  Así también aproximadamente en 1990 AID realizó varios Estudios de Cuencas Hidrográficas Nacionales, con el objetivo de generar información sobre los recursos naturales del país los cuales debió de hacer el INSIVUMEH por manejar las variables e indicadores respectivos.
2.-     De 1984 a 1986. El MAGA retomó la responsabilidad en el cambio de gobierno, realizando de nuevo un estudio con enfoque de ordenamiento territorial, denominado “Estudio Integrado de Aéreas Rurales “EIAR a escala 1:250,000, con Consultores como el Ing. Agr. Marco Antonio Aguilar y el Ing. Agr. Fernández, el propósito fue del mencionado estudio fue establecer las unidades del paisaje holísticas o integrales con los aspectos social, cultural, económico, biofísico y ambiental basado en la metodología análisis de unidades del paisaje como base para los estudios de las Cuencas Hidrográficas Nacionales, el área a cubrir fue la del país excluyendo Petén y la franja de la Costa Sur.  Este estudio el que generó información que el MAGA edito en documentos tipo libros con sobre posición de mapas en reducción de información Geográfico. Definitivamente para éstos análisis se hizo sostenido el banco de datos generados o recabados por la Unidad de Cuencas Internacionales DIRYA del MAGA.
Los resultados fueron sorprendentes porque generó una gran cantidad de desplegado de mapas temáticos y resultados de análisis integrales plasmados en papel calco y un número fuerte de documentos que mostraban los resultados planteados por los objetivos y criterios asumidos en el proceso, lo cual permitió la consulta de planificadores gubernamentales y privados.  Algunos de esos resultados fueron mapas de unidades paisajísticas y las regiones ecológicas naturales; características de las unidades bioclimáticas y referidas a listados de grupos de cultivos de esas unidades; documentos referidos a mapas sobre especies por requerimiento de clima y suelo.
3.-     De 1989 a 1991.  El Arq. Roberto Morales Juárez con master Science en Ecología, acepto el reto de dirigir un proyecto específico como  primer Asistente Principal Coordinador del Proyecto ATP en su propio país, con Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD-SEGEPLAN proyecto: “Apoyo a la Planificación del Desarrollo Regional” a nivel nacional, bajo el enfoque de un ordenamiento territorial a nivel de reconocimiento escala 1:250,000.  La información del estudio del EIAR fue aprovechada para éste estudio.
Siendo uno de los primeros proyectos de Guatemala que aplica el sistema de información geográfico (SIG) con software como el Atlas, Idrissi, Ales e imágenes satelares Landsat para mapeo de la totalidad del país y Tosca para la base de datos.
El equipo multidisciplinario que conformó el estudio fueron consultores Guatemaltecos y dos extranjeros, aplicando metodologías de los sistemas ambientales con  los siguientes resultados:
Un Manual de Capacitación en la temática “Análisis de Recursos Naturales para su Integración”, describiendo la clasificación de Regiones Fisiográficas a nivel nacional y por primera vez en Guatemala, se baja a los niveles de gran paisaje y paisaje describiéndolo en un solo mapa en formatos digital, manual y en impreso a escala 1:250,000 (unidades donde se analiza el patrón cultural dominante de utilización presente y futuro sobre el patrón físico-biológico).
Mapas en formato digital e impresos de unidades de Paisaje en su estado natural e integrado a municipio, departamento y  las VIII regiones del país a escala 1:250,000. Los mapas de Unidades de Paisaje  integrado con la cobertura vegetal natural, cultural y el uso actual del territorio (integrado al análisis socioeconómico). Ocho documentos conteniendo la descripción de la Caracterización Regional a nivel General  (por región, departamento, municipal  y unidades del paisaje). Ocho mapas en formatos digital e impresos a escala 1:250,000 con la Caracterización Regional a nivel General.
Base de datos de la aplicación del Tipo de Utilización de Tierras TUT de las Unidades de Paisaje por  priorización de características de la tierra con cualidades agro ecológicas. En nuestro medio, fue un éxito mayúsculo e incluso Colombia se interesó por esta información, al investigar y determinar una  base de datos de los requerimientos de 500 cultivos tradicionales, forestales, ornamentales y medicinales.
Otro resultado de gran impacto, fue la aproximación a un ordenamiento territorial a nivel de macro planificación, aplicando el software de Evaluación de Tierras de “Confrontación y armonización” en el que se empatan Aptitud de Tierras versus requerimientos de cultivos.
El resultado fue georefenciar los zoneamientos de tierra, donde tienen la aptitud de desarrollo agroecológico con el menor uso de insumos artificiales, en el manejo más idóneo y el costo-beneficio cuyo fin es aplicar una equidad social y eficiencia económica, dando como resultado alternativas verdaderas de cultivos tradicionales con un manejo sustentable del recursos natural.
El proyecto fue un verdadero reto y fue exitoso por sus múltiples resultados, los que bajo diferentes dinámicas se expusieron interinstitucional mente, siendo altamente valorados a nivel de la planificación regional de SEGEPLAN y ONG’s o Empresa privada como la Asociación de Estudios Sociales y Económicos ASIES quien convirtió y utilizó la Caracterización Regional a nivel General en Caracterización Regional Ambiental e Industrial.
4.-     1993.  El MGA y AID une esfuerzos para editar y publicar el documento “El Manejo de Cuencas en el proyecto de Desarrollo Agrícola de Guatemala” como sinónimo de Ordenamiento Territorial.  El objetivo es apoyar la capacitación dirigida a técnicos como a productores, con el propósito de llenar el vacío de entendimiento sobre la planificación integral de las Cuencas Hidrográficas respecto a tener una visión amplia en el manejo de los recursos naturales sustentablemente y que se entiendan los factores sociales y biofísicos como parte integral del complejo manejo de los recursos utilizando la cuenca como unidad fisiográfica de planificación.
5.-     De 1989 a 1995.  Surgió un proyecto impactante en relación a la información base para un ordenamiento territorial a nivel Nacional en nuestro país coordinado por el Ing. Agr. Oscar A. Gonzáles H., el “Plan Maestro de Riego y Drenaje”, integrando un equipo interdisciplinario PNUD-DIRYA del MAGA.
El enfoque general de la formulación del Plan fue orientado a evaluar el potencial existente en el país y las posibilidades para desarrollar la agricultura bajo riego o drenaje desde el punto de vista físico, social y económico, para definir criterios en políticas y estrategias con líneas de acción que el Estado complemente para impulsar el desarrollo integral bajo un modelo de administración de servicios agrícolas y pecuarios con DIGESA y DIGESEPE en materia de riego.
El resultado fueron varios documentos y mapas a escala 1:250,000 manejado con el Sistema de Información Geográfico con el Software del IDRISSI, sobre el potencial altamente productivo hidrológico existente y conversión de manejo en zonas de humedad necesarias para mantener el balance correcto, así como establecer las políticas, estrategias y acciones a implementar en la planificación y modernización, formación del capital humano y conducción para el desarrollo y expansión de la producción agrícola intensiva bajo riego, garantizando la seguridad alimentaria de la población guatemalteca y estimular el ingreso de divisas.
Se desarrollo un desplegado de mapas a escala 1: 500,000 sobre: la división política administrativa por departamento y a la vez las Cuencas Hidrográficas; zonas para desarrollo de riego y drenaje; clases de déficit; área con potencial para riego; áreas con potencial para riego y zonas de desarrollo de riego drenaje; ubicación de embalses INDE; áreas con problemas de drenaje; área cultivable; uso del suelo; potencial del suelo; intensidad del uso del suelo; áreas de uso adecuado, sub utilizado y sobre utilizado (explotado).  Documentos: caracterización hidroclimática de Guatemala con fines de riego; hidrología –disponibilidad de agua subterranea; desarrollo del riego y drenaje agrícola en Guatemala y otros documentos.  La información referida a las variables e indicadores del concepto “Tierra” fue la base de datos acumulada por años en el MAGA.
6.-     De 1994 a 1996. Con el programa de Miniriego de la AID, se ejecutó el proyecto “MICUENCA” de CARE/DIGESA/DIGEBOS en determinadas microcuencas del país, con el enfoque de ordenamiento territorial bajo el concepto del manejo de la micro cuenca y la sustentabilidad de los recursos naturales como retomando un vocablo regional “mi” agua “mis” “yo tengo mis recursos naturales”.  La información del estudio del EIAR y el banco de datos del MGA fue aprovechada en este estudio.
7.-     De 1993 a 1996.  El Consultor Internacional Lic. Detlef Kermann (Alemán), coordinó el proyecto Sociedad Alemana de Cooperación Técnica GTZ-SEGEPLAN “Estrategia Nacional de Ordenamiento Territorial” ENOT con un grupo de consultores Guatemalteco utilizando el insumo del proyecto mencionado “Apoyo a la Planificación del Desarrollo Regional” a escala 1:250,000, aplicando la metodología del paisaje y evaluación de tierras con el respectivo análisis de los aspectos social, económico, cultural, biofísico y ambiental.  El objetivo de éste estudio fue tener una referencia de políticas y estrategias de país o regional como base para implementar el “Plan Marco para el Desarrollo del Departamento de Alta Verapaz”
Este proyecto además se apoyó con mapas a escala 1:50,000 y 1:25,000 del Instituto Nacional de Estadística INE e Instituto Nacional Geográfico IGN, la que se actualizó y sustentó con mayor información y aplicando el esquema de Evaluación de Tierras y el SIG con el software IDRISSI, TOSCA, ARC-VIEW, ARC-INFO, los resultados de éste estudio fueron los siguientes:
Un documento que describe la Caracterización, análisis integrado de los aspectos biofísico y socioeconómico, el ordenamiento territorial y políticas regionales denominado “Informe Gerencial de Estrategia Nacional de Ordenamiento Territorial”, conteniendo los respectivos mapas a escala indicada.
El proyecto “Estrategia Nacional del Ordenamiento Territorial” a escala 1:250,000 dio como resultado mapas en formato digital e impresos y los documentos respectivos en referencia a las unidades paisajísticas o territoriales.  La base de datos fortaleció  la información del “Plan Marco para el Desarrollo del Departamento de Alta Verapaz” PLV a escala 1:50,000.
Tres documentos editados por el Consejo Departamental de Desarrollo Urbano y Rural CODEDUR, Secretaría General del Consejo de Planificación Económica SEGEPLAN y Sociedad Alemana de Cooperación Técnica GTZ: el “Plan Marco para el Desarrollo del Departamento de Alta Verapaz”, Resumen Ejecutivo y un anexo.
Este estudio dio la pauta de una necesidad urgente como inquietud interinstitucional, para hacer el estudio que generara el desplegado de capas o mapas temáticos para homogenizar la información a nivel nacional, claro es que existía información de mapeo a nivel de cada institución o de universidades, sin embargo era incoherente de una institución a otra por lo que las instituciones del MAGA, IGN y la Facultad de Agronomía de la Universidad de San Carlos la homogenizó y amplio a 68 capas.
8.-     De 1999 a 2000, el Consultor Costa Rícense Ing. Javier Saborío con Master Science en Manejo de Recursos Naturales y postgrado en Hidrología coordinó el Proyecto del Centro Agronomía Tropical de Investigación y Enseñanza CATIEE-MAGA “Laboratorio del Sistema de Información Geográfica del MGA” SIG, aprovechando información del proyecto “Estrategia Nacional de Ordenamiento Territorial” ENOT, los resultados fueron:
Establecer el laboratorio SIG-MAGA.
Capacitar a un grupo de estudiantes de Agronomía en Recursos Naturales de la USAC con los software ARC-INFO, ARC-VIEW, Análisis Espacial, Procesamiento de Imágenes ERDAS, Sistema Alex y R2V,
Formatos digitales e impresos a escala 1:250,000 aproximadamente de 68 capas de mapas a escala 1:250,000, constituidos por mapas base, temas biofísicos, sociales y de desastres. Mapas impresos ordenados en un Atlas Geográficos de  las 68 capas de mapas a escalas indicadas. Base de datos agroecológica sobre 139 cultivos adaptados a las condiciones del país.
La base de datos del SIG sustentó el estudio prefactibilidad de cinco (5) Cuencas-Subcuencas Hidrográficas estratégicas del país: Naranjo, Sis Ican, Xayá-Pixcayá, Pensativo-Alto Guacalate y San José del Grande de Zacapa, con el resultado de cinco (5) Planes de Manejo en 3 ejes producción, protección Conservación y Prevención mitigación de daños causados por Desastres Naturales.
9.-     De 2000 a 2003, Realizaron estudios de Cuencas Hidrográficas la Secretaría de la Presidencia. El Centro de Cooperación Internacional para la Preinversión Agrícola Guatemala-México CIPREDA fortaleció el apoyo para los estudios de Cuencas Hidrográficas por medio del Laboratorio del Sistema de Información Geográfico del MAGA.  Otro realizador de estudios que surgió en ese período 2000 al 2004 fue SINAPRE el que actualmente se llama SINAFIP de SEGEPLAN quien realizó 5 estudios de Cuencas Hidrográficas algunas de ellas son la del Río Grande, Petén Itzá, Cuenca Chortí y la de Izabal algunas a nivel de prefactibilidad y otras a nivel de factibilidad.
El MAGA realiza el proyecto “Cuencas Altas” Financiado por el BID, en el Español  Ing. Agr. Miguel Duro por medio del Laboratorio del Sistema de Información Geográfico, coordinó los estudios de 5 Planes de Manejo de las Subcuencas Hidrográficas a nivel de prefactibilidad y factibilidad dentro de las que figura la de Xaya Pixcaya, Chixoy, El Naranjo, San José y otras.  El producto fueron 5 documentos que incluían mapas en reducción.
En el área de Agua Suelos de la Unidad de Normas y Regulaciones del MAGA, le preocupó ver estudios con resultados sin mostrar criterios o mencionar técnicas o herramientas científicas que respalden los resultados de los documentos, les surge la inquietud de realizar un Manual para la Caracterización y Diagnóstico de Cuencas Hidrográficas que salió al público en Julio del 2000.
10.-   De 2000 a 2003. Surge una orientación de planificación interinstitucional coordinada por SEGEPLAN ejecutada por medio del Consejo Departamental de Desarrollo CODEDE básicamente se realiza con los representantes de la Unidad Técnica Departamental UTD, la que fue denominada “Estrategia de Reducción de Pobreza” ERP realizada a nivel departamental ERPD o a nivel municipal ERPM.
La ERP fue lanzada como un ejercicio de planificación participativa y descentralizada con el enfoque de menguar la intensidad y extensión de las causas de pobreza en el departamento, se realizó por medio de sesiones de trabajo constante con la UTD y se sociabilizó por medio de talleres en específico el de diagnóstico, análisis departamental, análisis de viabilidad y de planificación operativa.
La formulación de la ERP consistió en tres fases: de preparación, de formulación y de planificación operativa.  Iniciando con el diagnóstico de determinadas variables referidas a determinadas variables de las condiciones y causas de la pobreza, prosiguiendo con la formulación apegado a un análisis matricial de planificación enfatizando los temas del desarrollo por medio de establecer la visión, misión, objetivos estratégicos y operativos del contexto jurídico y político como el que hacer de la sociedad y sus instituciones en lo político, económico, social, cultural, financiero e institucional y concluyendo con la fase de planificación operativa que consiste en la propuesta del POA con los programas y proyectos con el cronograma financiero e instituciones responsables por programa y proyecto y concluye con la orientación del seguimiento, control y evaluación.
El ejercicio de las ERP que terminaron al final de período de gobierno, no contó con tiempo para aplicarlas.  Las estrategias tuvieron la carencia de manejar mapeos de Sistema de Información Geográfico por lo que podría tomarse como una planificación que relaciona la formulación de POA versus financiamiento, que claramente no lleva el enfoque de ordenamiento territorial en su proceso y resultados.
Se crea el código municipal 12-2002, este insta A La Unidad Básica Del Estado A La Realización De Ordenamiento Territorial A Nivel Municipal. Este es un paso trascendental en la historia de la Planificación de Guatemala.
11.-   2003. MAGA Y CILA unen esfuerzos para hacer un estudio de las Cuencas Hidrográficas entorno al Volcán Tacaná de San Marcos.
2004.  La Unidad de Catastro del MAGA conjunta esfuerzos con la Facultad de Agronomía de la USAC para dar una serie de talleres sobre Catastro y su relación y base para el Ordenamiento Territorial.  Esta iniciativa tuvo el apoyo de consultores de Holanda, siendo una de ellas la Dra. Ing. Yola Georgiadou, por parte de la Facultad de Agronomía el Mc. ing. Agr. Hugo Tobias y por Catastro el Mc Jean Roch Lebean.
12.-   2004 a 2007.  Se innova la planificación por la institución rectora SEGEPLAN, implementa la coordinación del Sistema Nacional de Planificación Estratégica Territorial SINPET con el objetivo de interaccionar en el territorio las políticas económicas, sociales, culturales y ambientales para la construcción de un modelo de desarrollo integral, participativo y descentralizado.  Se realizó por medio de los actores territoriales representados en el CODEDE por las instituciones gubernamentales, ONG y sociedad civil.
Este planteamiento requiere de un paquete soporte como promover herramientas conceptuales por medio de capacitaciones de las temáticas que implicaron la dinámica estructural territorial; instrumentos técnicos como el marco conceptual del SINPET, programa de sensibilización y capacitación, la metodología de la Planificación Estratégica Territorial PET y la guía de facilitador y el subsistema de información para la Planificación Estratégica Territorial.
Los resultados son: establecer un modelo de desarrollo territorial futuro contenido en un documento formal que fue entregado a las autoridades del CODEDE y accesado por medio de una página web de SEGEPLAN.  El documento contiene sintetizadamente la estructura de un trabajo científico que describe los objetivos, la metodología, las fases del proceso y concluye con el mapeo de los proyectos prioritarios, matrices de planificación y las matrices de la preinversión.
Las PET tienen un mayor alcance respecto a la planificación en si y el medio idóneo para realizarlas (CODEDE) y llevan una relación legal de implementación a nivel nacional, pero al igual que las ERP son concluidas a final del período del gobierno, por lo que no contaron con el tiempo necesario para su aplicación.  Las PET tienen un manejo integral de los aspectos social, cultural, económico y ambiental, sin embargo se podría inferir que conlleva un enfoque social al manejar el mapeo del Sistema de Información Geográfico referenciado a un diagnóstico, sin embargo está desvinculado del análisis de planificación como proceso y en especial del uso y manejo de la productividad de la tierra sustentablemente (se muestran mapas de los proyectos prioritarios únicamente), se ve claramente que no lleva un enfoque de Ordenamiento Territorial.
13-    2008-2010 El proceso de fortalecimiento al desarrollo integral para el país toma un nuevo rumbo, se da inicio al proceso de la creación de una ley que rija los aspectos de Ordenamiento y Planificación Territorial a nivel nacional, aunque sus avances han sido considerables cabe mencionar que esta ley ha estado sujeta a discusiones con distintos sectores y actualmente se encuentra en su versión No. IV……….
Aún estamos como país en búsqueda de una ley que nos rija el camino de Planificación y Ordenamiento Territorial.

Árboles subutilizados, seguridad alimentaria

Del árbol se pueden obtener varios productos, uno de ellos podría ser una harina natural.
Por: Ricardo Bressani *
El concepto de seguridad alimentaria nutricional ha sido descrito como El Estado En El Cual Todas Las Personas Gozan Del Acceso Físico, Económico Y Social A Los Alimentos En La Cantidad Y Calidad Para Su Consumo Y Su Eficiente Utilización Biológica Para Garantizar El Bienestar General Y El Desarrollo. Esta descripción sugiere que la seguridad alimentaria nutricional depende de varios factores asociados a los alimentos que son:
1) disponibilidad continua y abundante;
2) acceso a esos alimentos;
3) que su calidad nutricional sea complementaria en la dieta para su más eficiente utilización biológica y
4) un ambiente sano para evitar al máximo los efectos negativos de la enfermedad.

La asociación de los árboles subutilizados y la seguridad alimentaria nutricional depende del empleo que se le da al árbol y como este contribuye a reforzar uno o más de los cuatro pilares asociados a la seguridad alimentaria y nutricional. Existen en Guatemala árboles que pueden contribuir a los pilares. Uno de estos árboles es el morro, llamado también jícara, o ‘Crescentia alata’, el cual se encuentra principalmente en la parte suroriental del país, región seca que bien se podría beneficiar de bosques del morro.
Árbol de Morro Crescentia alata
El árbol crece alrededor de 5 a 6 metros de altura. Ocupa un área de 6 a 7 metros de circunferencia. Las ramas crecen en forma de guacal, invertido. El tronco muy a menudo da refugio a las orquídeas. Se ha estimado que pueden existir 210 árboles por hectárea. Cada árbol, en estado de reproducción, puede producir hasta 750 frutas, con un peso de 270 gramos cada una. Por consiguiente, el rendimiento por hectárea es de 157 mil 500 frutos, equivalente a 42 mil 500 kilogramos por hectárea. La fruta tiene una cáscara que representa el 44 por ciento de peso, una pulpa con un peso porcentual del fruto del 31 por ciento. Esta pulpa contiene una semilla que representa el 25 por ciento del peso del fruto. La cáscara es utilizada para artesanías de alto contenido de fibra. La pulpa seca contiene 4.3 por ciento de aceite, 11.8 por ciento de proteína y 66.8 por ciento de carbohidratos, mientras que la semilla contiene 36.2 por ciento de aceite y 27.1 por ciento de proteína.

Del árbol se pueden obtener varios productos. Uno de ellos podría ser una harina natural o fermentada de la pulpa y semilla del morro con un contenido de 16 por ciento a 20 por ciento de proteína y entre 15 por ciento a 19 por ciento de aceite. La pulpa se puede procesar con el fin de separar la semilla, la cual puede ser una fuente de aceite, con un valor nutritivo similar al del aceite de soya. La remoción del aceite da una harina con mayor concentración de proteína de un contenido de aminoácidos relativamente bien balanceado, aunque deficiente ligeramente en lisina, un aminoácido esencial. Además de estos productos, la semilla se utiliza como ingrediente a un 6 por ciento a 7 por ciento en fórmulas de horchata salvadoreña. Asimismo, la semilla puede dar origen a una leche vegetal con un rendimiento del 35 por ciento. Esta contiene 4.8 por ciento de aceite y 3.4 por ciento de proteína. Su aceptabilidad ha sido satisfactoria en pruebas preliminares, aunque todavía no se conoce su valor nutritivo.

Todas las cifras que se han citado son de publicaciones científicas de R. Gómez Brenes, R. Bressani, M. Santamaría, S. Figueroa, de 1973 a 2000, y muestran el futuro que este árbol podría ofrecer a la población de Guatemala.
* Director del Centro de Estudios en Ciencia y Tecnología de Alimentos, Universidad del Valle de Guatemala

miércoles, 24 de noviembre de 2010

Reglamento Para El Manejo Y Aprovechamiento Del Mangle En Áreas Protegidas De Guatemala

Reglamento Para El Manejo Y Aprovechamiento
Del Mangle En Áreas Protegidas De Guatemala

CONSIDERANDO

Que  la  Constitución  Política  de  la  República  establece  en su  artículo  64  que  se declara  de  interés  nacional  la  conservación,  protección  y  mejoramiento  del patrimonio natural de la nación.

CONSIDERANDO

Que  el  Decreto  4-89,  Ley  de  Áreas  Protegidas  establece  entre  sus  objetivos  principales asegurar  el  funcionamiento  óptimo  de  los  procesos  ecológicos  esenciales  y  de  los sistemas naturales vitales para el beneficio de todos los guatemaltecos, con el fin de lograr la conservación de la diversidad biológica del país.
CONSIDERANDO
Que el reglamento para aprovechamiento del mangle en áreas no protegidas ha propiciado la desaparición de estas especies como se infiere del hecho irrefutable de que el área cubierta por manglares ha disminuido de manera ostensible después de su creación.
CONSIDERANDO
Que la aplicación de dicho reglamento en las áreas protegidas podría garantizar la desaparición de esta especie por lo que es necesario que el CONAP tenga su propio normativo para el aprovechamiento sostenible del mangle en estas áreas.
POR TANTO
Con base en el artículo 69 en su literal b) del Decreto 4-89, Ley de Áreas Protegidas y su reglamento y lo normado en los artículos 30, y 64 de la Constitución Política de la   República y los artículos 1, 5, 7, 20, 69 del Decreto 4-89 del Congreso de la República y sus Reformas; y de los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de la Ley de lo Contencioso Administrativo, el  Consejo  Nacional  de  Áreas  Protegidas
ACUERDA
PRIMERO Aprobar el Reglamento para el Manejo y Aprovechamiento del Mangle

CAPÍTULO I
ASPECTOS GENERALES
ARTÍCULO 1. Objetivo del reglamento. Definir criterios técnicos y procedimientos administrativos claros y sencillos para el uso racional y sostenible del recurso forestal que existe en los ecosistemas manglares bajo la jurisdicción del CONAP.
ARTÍCULO 2. Ámbitos de aplicación del reglamento. Las ordenanzas de este normativo serán aplicadas dentro del Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas –SIGAP-,  lo cual es establecido por el artículo 2 del Decreto 4-89, lo que es también estipulado en el DECRETO NÚMERO 126-97 (Ley reguladora de las Áreas de Reservas  Territoriales del Estado de Guatemala), según lo dicta en la tercera cláusula de su ARTÍCULO 1, lo cual ratifica en la segunda cláusula del ARTÍCULO 3, el cual es claro cuando circunscribe la jurisdicción de la Oficina de Control de Áreas de Reserva del Estado –OCRET- a lo referente a su plena jurisdicción sobre la concesión en arrendamiento, dejando a entidades como el CONAP para que ejerzan lo relativo al ámbito de sus atribuciones.
ARTÍCULO 3. Definiciones
ÁRBOL.  Planta perenne sostenida por un fuste loso de por lo menos 5 metros de altura y que sostiene la copa formada por ramas y hojas.
BOSQUES O SELVAS FRAGMENTADAS. Zonas forestales sometidas a cambio de uso del  suelo,  que  presentan  hasta  un  40%  de cobertura forestal distribuida en  forma irregular en combinación con cultivos agropecuarios.
CAMBIO  DE  USO  DEL  SUELO.  Remoción  total  o  parcial  de  la  vegetación  de  terrenos forestales, para destinarlos a actividades no forestales. Por ejemplo, la transformación de fincas ganaderas (por lo regular selvas fragmentadas), en fincas cañeras. 
CALZONTE: Madera larga y rolliza. Se coloca en ángulo agudo con respecto al tendal. Formar la “tijera” que sostiene el envarillado en que se asientan las tejas, láminas o palma y se coloca sobresaliendo del muro exterior para evitar que entre el agua de lluvia.
CANDELILLA: Nombre que, por su forma de candela, es dado al propágulo del mangle rojo (Rhizophora Spp.), dentro del cual germina la semilla produciendo raíces pudiendo crecer hasta los cuarenta centímetros, antes de desprenderse y ensartarse en el fango en una reproducción vivípara.
ESPECIE. Taxón o Unidad básica de la clasificación de los organismos, en la cual se agrupan los individuos que se reproducen sexualmente.
FLITCH. En inglés significa hoja de tocino pero, en el castellano maderero de Guatemala, fue un término aplicado por los comerciantes de madera para poder exportar la madera en troza escuadrada a “media labra” para burlar la prohibición de la exportación de madera en troza.
FRUTICOSO, SA. Perteneciente o relativa a los arbustos.
PLAN MAESTRO. Plan de manejo o de administración de un área protegida. Dícese del documento en el que están plasmadas las directrices para el manejo o administración de un área protegida durante un periodo de cinco años.
PLAN DE MANEJO FORESTAL. Plan de manejo o de administración de una finca forestal. Dícese del documento en el cual están plasmadas las directrices para la administración del manejo sustentable de un bosque, las cuales incluyen las actividades que promuevan el método de repoblación, conservación y aprovechamiento sostenible. El plan de manejo se basa en la mística de: “aprovechar el árbol  conservando el bosque”.
MÉTODO DE REPOBLACIÓN. Procedimiento mediante el cual se garantiza la perpetuidad de las especies de un bosque y que antiguamente se llamaban métodos silviculturales.
PORTE.  Tamaño,  forma,  aspecto  o  presencia.  Forma  general  de  desarrollo  del  tallo, raíces y ramas, o de la planta entera, común a una especie en un bitat determinado.
PRODUCTO FORESTAL. En Guatemala se refiere a la madera en troza, pilote, flitch o poste.
RODAL Concepto subjetivo que se entiende mejor en la traducción brasileña: población de tallo homogéneo (povoamento ou talho homogéneo), es la agrupación de árboles u otras plantas que,  ocupando  una  superficie  de  terreno determinado, es suficientemente uniforme en su especie, edad, calidad o estado para poder distinguirla del monte o arbolado que le rodea.
SISTEMA AGROFORESTAL.  Concepto inventado por los forestales para introducir especies forestales en cultivos agropecuarios extensivos como la ganadería y la caña de azúcar, pero que agrónomos y funcionarios del servicio forestal, han utilizado, hasta la fecha para justificar la destrucción de selvas en Peten y bosques fragmentados en la costa sur de Guatemala.
SUBCILÍNDRICO. Se refiere al volumen casi cilíndrico de los troncos de cono resultantes  del troceo de las especies latifoliadas.
SUBPRODUCTO FORESTAL. En Guatemala se aplica a resinas, látex, cortezas, leña, carbón o epifitas provenientes de los árboles abatidos.
TENDAL. Viga o vara gruesa que se coloca en forma horizontal en la techumbre de los ranchos y en la cual se asientan los calzontes.
ARTÍCULO 4. Entidad rectora. El Consejo Nacional de Áreas Protegidas se encargará de la aplicación del presente Reglamento, incluso en áreas de reserva del estado, obedeciendo al ARTÍCULO 3 del DECRETO 126-97,  el cual, en su segunda cláusula, es claro cuando tipifica que la OCRET se encarga exclusivamente de la concesión del terreno en arrendamiento.
ARTÍCULO 5. Planes maestros y coadministradores. Los planes maestros deben agregar a su planificación las regulaciones de manejo de este reglamento si en esos planes se incluyera el manejo forestal.
ARTÍCULO 6. Cambios de uso del suelo.  En las áreas protegidas con ecosistema manglar quedan prohibidos los cambios de uso del suelo.
ARTÍCULO 7. De las municipalidades y Consejos de Desarrollo. El CONAP coordinará con las municipalidades y su organización social (Consejos municipales de desarrollo –COMUDE-, Consejos comunitarios de desarrollo –COCODES-), las acciones de conservación y manejo de los recursos forestales del ecosistema manglar.
ARTÍCULO 8. Convenios internacionales. El CONAP  velará por el cumplimiento de los convenios internacionales sobre la conservación o manejo del recurso forestal del ecosistema manglar. Entre los convenios aprobados están:
a)   Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional, Especialmente  como Hábitat de Aves Acuáticas, Ramsar, Irán, 2 febrero 1971, aprobado por el Congreso de la República de Guatemala en su DECRETO NÚMERO 4-88;
b)   Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre  (CITES), aprobado por el Decreto 63-79 del Congreso de la República, ratificado el 5/2/80 ;

c)   Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre  (CITES), Decreto 63-79  Aprobado por el Congreso de la República, ratificado el 5-2-80;

d)   Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Decreto No. 1493 Aprobado por el Congreso de la República de Guatemala, ratificado el 1-12-61;

e)   Convención  sobre  la  Prevención  de  la  Contaminación  del  Mar  por  Vertimiento  de Desechos y otras Materias. Decreto No. 25-75 Aprobado por el Congreso de la República de Guatemala, ratificado el 9-5-75;

f)    Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques. Decreto No. 222-82 Aprobado por el Congreso de la República de Guatemala, ratificado el 9-03-83.

g)   Acuerdo Regional sobre Movimiento Transfronterizo de Desechos Peligrosos, Decreto No. 6-94 del Aprobado por el  Congreso de la República de Guatemala, ratificado el 3-3-94;

h)   Convención sobre el Mar Territorial y la Zona Contigua, Decreto No.99-95 Aprobado por el  Congreso de la República de Guatemala, ratificado el 20-12-2005 y

i)     Convenio para la Protección y el Desarrollo del Medio Marino de la Región del Gran Caribe, Decreto No.25-2002 Aprobado por el  Congreso de la República de Guatemala, ratificado el 2-2-2002.
ARTÍCULO 9. Tenencia de la tierra. El presente normativo regula el uso racional y sostenible de los recursos forestales que existen en las áreas protegidas con ecosistema manglar y será aplicado en las siguientes clases de tenencia de la tierra:
a)   Propiedad privada.
b)   Propiedad municipal.
c)   Tierras comunitarias y,
d)   Reservas territoriales del Estado de Guatemala.
ARTÍCULO 10 Mecanismos administrativos de solicitud de uso de los recursos. Para cualquier aprovechamiento de árboles que existan en los bosques del ecosistema manglar, el interesado en productos o subproductos forestales, deberá llenar la correspondiente solicitud según formulario proporcionado por el CONAP. A esta solicitud deberá adjuntarse la correspondiente certificación o constancia de propiedad de la tierra, siendo aceptables: Certificación del Registro de la Propiedad Inmueble si es propiedad privada; certificación municipal si se trata de propiedad municipal o comunitaria o constancia de arrendamiento extendida por la OCRET si se trata de propiedad en Reserva Territorial del Estado. Cualquiera sea el caso, la constancia de propiedad o arrendamiento deberá tener como máximo tres meses de haber sido extendida.
CAPÍTULO II
DEL ECOSISTEMA
ARTÍCULO 11 Del estado de protección de las especies forestales del ecosistema manglar. Para garantizar la perpetuidad de los árboles del ecosistema manglar, el presente reglamento concibe que los cuatro géneros de mangle: Rhizophora Spp., Avicennia Sp., Laguncularia Sp., y Conocarpus Sp., están en peligro de extinción.
ARTÍCULO 12. Vedas y contingencias. El Consejo Directivo, a propuesta razonablemente justificada del Departamento Forestal, declarará épocas de veda para proteger la reproducción del mangle o responder a los efectos negativos de fenómenos contingentes naturales o antropozoicos.
ARTÍCULO 13. Recuperación y restauración de áreas degradadas y compromisos de recuperación forestal. Todo bosque se reproduce naturalmente; no obstante, el solicitante de licencia de aprovechamiento forestal estará obligado a reforestar con especies manglares en áreas abandonadas por salineros o acuicultores.
Los solicitantes de licencia para consumo familiar, pueden realizar su compromiso de reforestación en forma conjunta en proyectos realizados por sus agrupaciones de COCODES O COMUDES, bastando una constancia de la agrupación respectiva, en donde se especifique el área o áreas en las cuales se tienen los proyectos comunitarios de recuperación de áreas manglares.
ARTÍCULO 14. Licencias de investigación. Se estimulará la investigación forestal favoreciendo aquellas solicitudes de aprovechamiento en las cuales se presente una justificación científicamente razonada y amparada por revisión bibliográfica consistente sobre los fines de la investigación.
ARTÍCULO 15. Reservas naturales privadas y proyectos de protección y conservación. Se dará prioridad a la agilización de los trámites para la autorización de cualquier solicitud de declaratoria de reservas naturales privadas y proyectos para protección y conservación de los manglares.
 CAPÍTULO III
 DEL RECURSO FORESTAL
ARTÍCULO 16. Autorización y manejo. Toda solicitud de aprovechamiento será autorizada con base en directrices de manejo forestal. En las solicitudes de consumo familiar (leña o construcción de rancho), el técnico del CONAP determinará el espaciamiento o intensidad de aprovechamiento aceptable. En solicitudes de mayor volumen se hará por plan de aprovechamiento o plan de manejo forestal. Las solicitudes se tramitarán según los siguientes volúmenes:
a)   En solicitudes menores o iguales que cinco metros cúbicos (5 m3), el aprovechamiento se considerará como de uso familiar campesino para construir vivienda o cocinar alimentos. En este caso la directriz de manejo será determinada por el personal del CONAP que intervenga en la autorización.
b)   Cuando la solicitud supere los cinco metros cúbicos (5 m3), el aprovechamiento se considerará comercial y las normas técnicas de manejo se basarán en un plan de Manejo Forestal de acuerdo con la GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL DE PLANES DE MANEJO FORESTAL DENTRO DE ÁREAS PROTEGIDAS, contenida en los: DOCUMENTOS DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS No. 07 del CONAP.
En los aprovechamientos comerciales el producto será transportado según la correspondiente GUÍA DE TRANSPORTE DE VIDA SILVESTRE MADERABLE.
ARTÍCULO 17 madera para construcción de viviendas unifamiliares. Para solicitudes de consumo familiar, el interesado agregará un listado del número de piezas de cada clase anotando el promedio estimado de su diámetro y su longitud, para lo cual podrá ser auxiliado por técnicos de la delegación del CONAP.
La licencia será autorizada según el volumen determinado por los técnicos del CONAP y dado el caso supere los cinco metros cúbicos, se ordenará el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior.
ARTÍCULO 18  Leña,  tendales  tutores,  cercos, corteza y madera para construcción. Para calcular el volumen aparente de los estereos de leña, deberá aplicarse un factor de 1.22 determinado por el INAFOR  en 1980 (Cabrera, 1979). Para cercos, tendales, y demás madera subcilíndrica para construcción, se empleará la fórmula del cilindro con un coeficiente mórfico de 0.8 (FAO 1970); en cuanto a los tutores y cortezas, queda terminantemente prohibido autorizar licencias con el exclusivo fin de explotar estos subproductos forestales, pudiéndose autorizar su transporte solo si proceden del uso integral de los árboles autorizados en licencia de aprovechamiento.  
         ARTÍCULO  19  Licencias comerciales y concesiones.  Toda licencia comercial deberá cumplir con lo normado en el inciso b) del artículo  16.
En las solicitudes de concesión para manejo del bosque en el ecosistema manglar, la concesión de uso solo se referirá a manejos ecoturísticos que, de preferencia, deberán referirse a la protección del bosque como sustrato o base primordial del nicho ecológico de especies animales silvestres de especial interés científico. Al CONAP compete solo la concesión de uso pues la concesión de arrendamiento solo puede ser autorizada por la Oficina de Control de las Áreas  de Territoriales  del  Estado –OCRET-, en cumplimiento de la  Ley  Reguladora  de  las Áreas de Reservas Territoriales del Estado de Guatemala (DECRETO NÚMERO 126-97), por  lo  que  cualquier  solicitud  será  cursada  a  la  OCRET,  con  el  respectivo  dictamen  del CONAP.
ARTÍCULO  20  Medidas y determinación de volumen. La medida oficial es el sistema métrico.
El volumen de piezas largas se determinará por la fórmula del cilindro y coeficiente mórfico de 0.8. Las piezas cortas para leña se determinarán por estéreo, el cual se cubica por tarea de tres punto treinta y nueve metros de largo por ochenta y cinco centímetros de alto por cincuenta y un centímetros de grueso (3.39mx0.85mx0.51m), lo que equivale a un metro cúbico con cuarenta y cinco centésimas (1.45m3). El Departamento Forestal del CONAP tiene la libertad de hacer sus propias determinaciones allá en donde la medida de la tarea tenga otros dimensionales.
Se considerará que un metro cúbico de madera se convierte en uno punto veintidós metros cúbicos en estéreo (1.22 m3), hasta que se haga la correspondiente investigación en manglares y se demuestre que ese factor debe ser cambiado.
ARTÍCULO 21 Tarifas  e  impuestos  del  valor  de  la  madera.  Cada año, el Departamento Forestal elevará al Consejo Directivo del CONAP la actualización del impuesto por valor del metro cúbico de madera en tránsito. Este puede permanecer invariable de un año a otro.   Este  impuesto  será pagado previo al otorgamiento de las guías de transporte de vida silvestre maderable.                           
ARTÍCULO 22 Cambios de uso de la Tierra. Se prohíbe la autorización de cambios de  uso  de la  tierra.  Ninguna  delegación regional  del  CONAP puede  autorizar  nuevos  estanques  piscícolas,  ni  salineras,  ni  camaroneras,  así  como tampoco hoteles que impliquen destrucción del manglar.
ARTÍCULO 23 Incentivos. El CONAP propiciará o apoyará el otorgamiento de incentivos por reforestación o por protección del ecosistema manglar con “Fondos Nacionales” o la “Cooperación Internacional”.
CAPÍTULO IV
CONTROL Y VIGILANCIA
ARTÍCULO 24 Control   y   vigilancia.   Las delegaciones  regionales deben desarrollar  actividades  de  control  y  vigilancia en  aquellos  bosques en donde estuvieran vigentes licencias de aprovechamiento forestal.  En esta actividad se tendrá el apoyo de las instituciones que protegen, velan y guardan la aplicación de las leyes penales que afectan la conservación de la naturaleza, correspondiendo al CONAP velar por el adiestramiento del personal de esas entidades para que aprenda a calcular el volumen de productos y subproductos forestales.
En la vigilancia existirá el apoyo de las organizaciones coadministradoras de las áreas protegidas, organizaciones campesinas, asociaciones comunitarias o personas sensibilizadas por el deterioro ambiental.
ARTÍCULO 25  Denuncia de actividades ilícitas. Se consideran actividades forestales ilícitas las siguientes:
a)   Destruir,  talar,  quemar o  dañar de cualquier manera, los bosques del ecosistema manglar.
b)   transportar  y  comercializar,  sin  la  autorización  del CONAP, productos y subproductos del ecosistema manglar;
c)   Impedir, desviar o interrumpir el paso, flujo y reflujo de aguas, tanto en los ecosistemas manglares como en sus zonas de amortiguamiento;
d)   Contaminar el medio ambiente terrestre, acuático o aéreo y producir efectos nocivos con sustancias u organismos ajenos al ecosistema;
e)   Realizar cambios de uso del suelo.
f)    Aprovechar sin licencia los productos del bosque: pilotes, madera aserrada, madera en rollo, madera escuadrada o labrada.
g)   El  aprovechamiento,  sin  licencia, de  subproductos: gomas,  resinas, cortezas, frutos, bejucos, raíces y otros elementos de la flora silvestre o nativa; y
Las denuncias podrán hacerse en forma verbal y el CONAP deberá actuar de oficio. Si la denuncia es por escrito, el empleado que la recibiere será mancomunadamente responsable si no procede a cursar a donde corresponda el documento, o a inspeccionar el área para realizar dictamen técnico providenciando la denuncia a donde corresponda.  
ARTÍCULO 26 Sanciones técnicas y administrativas.  El empleado del CONAP que no proceda a actuar de acuerdo con el artículo precedente, será mancomunadamente responsable por omisión de denuncia y recaerán sobre él las consecuencias de las faltas o delitos cometidos de acuerdo con las: Ley de áreas protegidas, Ley Forestal y demás leyes conexas.
ARTÍCULO 27 Cancelación de licencias y permisos. Una vez confirmado el ilícito, ya sea por denuncia o durante el recorrido periódico de control y vigilancia, se iniciará proceso de cancelación de licencia y deberá ordenarse, al titular de la licencia, la entrega de los permisos de transporte de productos y subproductos forestales que tenga en su poder.
ARTÍCULO 28 Resolución de conflictos. Todo conflicto que se produzca entre la parte denunciada y el dictamen técnico que propicia la cancelación de licencia será resuelto por el Consejo Directivo del CONAP.
CAPÍTULO V
DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS
ARTÍCULO 29 Órgano de aplicación del reglamento. Este Reglamento será aplicado por el Departamento Forestal, las delegaciones del CONAP y las entidades gubernamentales asociadas con el control y vigilancia en el ecosistema manglar.
ARTÍCULO 30 Medios  de  evaluación,  monitoreo  y  seguimiento  de  la  aplicación  del reglamento. El CONAP hará recorridos periódicos en los ecosistemas manglares  y podrá auxiliarse de cualquier avance tecnológico que tenga al alcance como:
a)   Uso de imágenes satelitales;
b)   Parcelas de prueba en  inventarios  forestales  continuos;
c)   Mosaicos de aerofotogrametría de reciente elaboración;
d)   Desaparición de especies indicadoras de alteración del ecosistema;
e)   Otros, incluyendo investigaciones financiadas con fines de detección de alteraciones.
ARTÍCULO 31  Derogación de ordenanzas contradictorias. Queda derogada toda disposición anterior que contradiga las presentes disposiciones, incluyendo las contenidas en planes maestros autorizados, los cuales deberán cumplir con el contenido de este Reglamento.
ARTÍCULO 32  Aquellos  casos  y  situaciones  que  no  se  encuentren  establecidas  en  el presente  reglamento,  serán  resueltos  por  el  Honorable  Consejo  Nacional  de  Áreas Protegidas (CONAP).
 Elaborado por: Renato Lechuga García, Jose Manuel Cabrera Aragón y Marvin melgar Ceballos.