domingo, 8 de noviembre de 2009

Lago de Atitlán sigue los pasos del Pato Poc.





Gestor y Planificador Territorial
Renato Lechuga García


Uno de los lagos más bellos del mundo está enfermo. Sí, en efecto esta en el corazón de nuestro país y es el Lago de Atitlán. Las causas a encontrar en el proceso de contaminación de sus aguas son muchas y muchos no sabemos a quién preguntar, dejándonos en el aire la interrogante ¿Quién es culpable de la contaminación del Lago de Atitlán?
La respuesta debemos indagarla para saber realmente que pasa y quiénes son los responsables directos e indirectos del efecto acumulado que sufre el lago. Todo ello nos lleva a ver un panorama amplio y de este podemos sacar parte de una respuesta que lamentablemente se ha politizado ante la opinión pública, pero partamos de algo, les invito a seguir leyendo.


Historia política, institucional, legal y social
En 1945 se emite la Ley Forestal (Decreto 170), la cual promueve la creación de parques nacionales y se declaran, el 26 de mayo de 1955, los primeros diez parques nacionales, entre los que se encuentra Atitlán. Se acuerda lo siguiente: "artículo 1o.: Se declaren Parques Nacionales, bosques y sitios sujetos a planes de ordenación y experimentación forestal. Artículo 2o.: Atitlán que comprende la cuenca del lago de este mismo nombre, incluyendo las faldas de sus volcanes adyacentes, en el departamento de Sololá". (INAFOR 1983, tomado de AMSCLAE 2001)
El 21 de abril de 1988 según Acuerdo Gubernativo 253-88, se establece que el lago de Atitlán por encontrarse en proceso de deterioro provocado por la contaminación ambiental, se hace necesario "Artículo 1: crear el Comité para la Conservación de la Cuenca del Lago de Atitlán (Comité Atitlán), integrado por el Gobernador Departamental de Sololá, quien la preside; Comandante de la Zona Militar No. 14; dos representantes delegados de la Comisión Nacional del Medio Ambiente; Alcaldes Municipales que tengan autoridad sobre el lago; un representante de Comités Cívicos y de las Asociaciones Ambientales". El artículo 2 establece que: "El Comité tiene la facultad de coordinar con instituciones del Estado y privadas la ejecución de los trabajos que permitan rehabilitar el sistema eco-biológico del lago". El artículo 4 establece que: "Todas las dependencias del Estado, entidades autónomas, semi-autónomas y descentralizadas y las municipalidades con autoridad sobre el lago de Atitlán, prestarán la colaboración que el Comité Atitlán requiera para el cumplimiento de su cometido. Asimismo, los propietarios de los inmuebles ubicados en las riberas de dicho lago, quedan también obligados a acatar las disposiciones sanitarias, ambientales y de otro orden, que de conformidad con la ley emita el Comité Atitlán". (CEE 1988, tomado de AMSCLAE 2001)
El 7 de febrero de 1989, el artículo 88 del Decreto 4-89, Ley de Áreas Protegidas del Consejo Nacional de Áreas Protegidas (CONAP), menciona que: "todas aquellas áreas protegidas que a la fecha de emisión de la presente ley, estuviesen legalmente establecidas mediante decreto legislativo, decreto ley o acuerdo gubernativo y se encuentren vigentes, tienen el pleno reconocimiento de esta ley y constituyen bases fundamentales en la creación y composición del Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas (SIGAP)". Por tal situación, dicha ley reconoce al Parque Nacional Atitlán como área legalmente declarada perteneciente al SIGAP. En el artículo 90 se declaran "áreas de protección especial el Volcán Atitlán, situado en la boca costa de los departamentos de Sololá y Suchitepéquez, Reservas Ecológicas y Monumentos Naturales constituidos en los conos volcánicos", como los volcanes de San Pedro y Tolimán, ambos en el departamento de Sololá y la Cumbre de María Tecún, situada en los departamentos de Totonicapán. (Congreso de la República de Guatemala 1989, tomado de AMSCLAE)
El 21 de septiembre de 1992, la Asociación de Amigos del Lago de Atitlán, AALA, presentó a la Comisión Nacional de Áreas Protegidas, CONAP, la propuesta para recategorizar el área. El estudio se realizó debido a que el Parque Nacional Atitlán, PNA, no reúne los requisitos básicos ni se ajusta a la definición de la categoría declarada, razón por la que tampoco puede cumplir a cabalidad las funciones ni alcanzar los objetivos de esta categoría.
El 27 de noviembre de 1996 según el Decreto 133-96 del Congreso de la República se crea la Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca del Lago de Atitlán y su Entorno, AMSCLAE, con el fin específico de planificar, coordinar y ejecutar las medidas y acciones del sector público y privado que sean necesarias para conservar, preservar y resguardar el ecosistema del Lago de Atitlán y sus áreas circunvecinas.
El 6 de agosto de 1997 según el Decreto 64-97 del Congreso de la República se declara área protegida de Reserva de Uso Múltiple la Cuenca del Lago de Atitlán, con los siguientes objetivos primarios:


1. Fomentar el uso integral y sostenido de los recursos naturales renovables del área.
2. Fortalecer las formas de vida y tradiciones culturales de los grupos mayas.
3. Promover la educación ambiental en el área;
4. Promover actividades de asistencia técnica en el área;
5. Conservación de la Cuenca Hidrológica del Lago de Atitlán;
6. Proteger la belleza escénica del área;
7. Proteger sitios y objetos de patrimonio cultural histórico y arqueológico del área;
8. Fomentar el aprovechamiento forestal sostenible en el área.


En enero de 1998 se conforma la coordinación y dirección ejecutiva de la Autoridad de Manejo Sustentable de la Cuenca del Lago de Atitlán.



Actores responsables del manejo
Los principales actores de la cuenca a nivel gubernamental son:


Los alcaldes municipales;
Consejo de Desarrollo Urbano y Rural, CODEUR;
Asociación para Manejo Sustentable de la Cuenca y Lago de Atitlán, AMSCLAE;
Consejo Nacional de Áreas Protegidas, CONAP y el Fideicomiso para la Conservación FCG;
Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales MARN;
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación MAGA;
Instituto Nacional de Bosques INAB;
Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, MSPAS;
Ministerio de Educación, MINEDUC;
La Gobernación Departamental, que depende de la Presidencia de la República, quien preside el CODEUR y AMSCLAE.

Sector privado:
Asociaciones gremiales de agricultores;
Comité de turismo;
Asociación Nacional del Café, ANACAFÉ;

ONG’s
Vivamos Mejor
La Asociación de Amigos del Lago, conformada mayoritariamente por los propietarios de chalet a la orilla del lago;
Varias otras.

Obstáculos de Manejo del Lago de Atitlán

Hay que iniciar indicando que el lago de Atitlán cuenta desde 1996 con un organismo de cuenca (Decreto 133-96). La Autoridad para el manejo sostenible de la cuenca del lago Atitlán y su entorno, AMSCLAE, tiene como fin específico “planificar, coordinar y ejecutar las medidas y acciones del sector público y privado que sean necesarias para conservar, preservar y resguardar el ecosistema del lago de Atitlán”. La Junta de Representantes de la Autoridad está conformada por: el Vicepresidente de la República, el Gobernador del departamento de Sololá, quien la preside, El MAGA, la Procuraduría del Medio Ambiente de la Procuraduría General de la Nación, la Fiscalía del Medio Ambiente del Ministerio Público, la Cámara de Turismo CAMTUR, el Instituto Guatemalteco de Turismo INGUAT, 2 representantes de la Asociación de Municipalidades de la cuenca y 1 representante de las organizaciones no gubernamentales que se dedican a la conservación.

La existencia de AMSCLAE es deseable, siempre y cuando esta desarrolle una relación activa y efectiva con otros actores públicos y privados del departamento y promueva acciones para el uso apropiado del territorio.

Además este organismo debe de contar con suficiente respaldo político y financiero de las autoridades nacionales, departamentales y municipales para el desarrollo de una efectiva gestión, así como fortalecer la participación activa de la población local en la conservación y uso sostenible de los recursos naturales de la cuenca, ya que esa es su principal limitante.  El presupuesto de AMSCLAE se ha ido incrementando de Q. 264,305 en 1998 (57% para inversión) a Q. 1.235,703 en 1999 (66% para inversión), y Q. 2.867,762 en el 2000 (75% para inversión).

El CODEDUR debe fortalecerse para que se mejore la forma de operativizar los Fondos de Solidaridad y evitar la duplicidad y descoordinación institucional.  Además, para que sirva de foro para la discusión de estrategias para el desarrollo urbano y rural de la cuenca.

Que lecciones existen hasta hoy en día

  1. Que sin la participación efectiva  y coordinada de las distintas entidades del sector público y privado, así como de la población en general, no se puede alcanzar las metas deseadas;

  1. Que es necesario que las autoridades municipales, los fondos sociales y otros mecanismos de financiamiento inviertan en la protección y mejoramiento de los recursos naturales y ambiente del lago y su cuenca;
  2. Que integrando esfuerzos alrededor de objetivos comunes y no particulares se puede avanzar en este proceso;

  1. La importancia de los procesos participativos de gestión local;

  1. La administración de una cuenca, que además es declarada como área protegida y abarca casi un solo Departamento, exige la máxima coordinación interinstitucional entre las entidades responsables como AMSCLAE, CONAP y CODEUR, respectivamente.

  1. La Ley de Áreas Protegidas es demasiada especifica para el manejo ambiental en un área con tantos habitantes con sus actividades económicas. Es demasiado costoso aplicar la ley de áreas protegidas en un área humana tan grande. CONAP podría hacer más efectivo su trabajo si se declararan varias áreas protegidas dentro de la cuenca. Áreas más pequeñas, que sean verdaderos refugios de vida silvestre, que sean más fáciles de administrar o delegar; sobretodo, considerando que los recursos económicos de la mayoría de instituciones son limitados. 



El Rol Municipal -Código Municipal Decreto 12-2002-




Aunque suene irónico los alcaldes municipales del departamento no se pronuncian y hay que felicitarles ya que entre ellos se encuentra un alcalde que es Ingeniero Ambiental. No olvidemos que ellos son los actores directos de velar y proteger el ambiente local de sus municipios según este decreto, pero lamentablemente ellos están lejos de este mandato, sí se mandan en los diezmos provenientes de obras y de  ver que le rascan al erario municipal.  A la sazón de la agonía de este bello lago que esta siguiendo los pasos del Pato Poc y ande ser los nahuales que que quieren recoger el espíritu del Xocomil y llevarle a Xibalba. 
La Historia esta casi prescrita y continuemos al tanto de este drama.
Lo cierto es que yo no tengo responsabilidad en la contaminación de este bello lago al cual en dos ocasiones he visitado y usted amigo lector?


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